Bizkaiko SOS Arrazakeriaren Informazio eta Salaketa Bulegoaren bidez, aholkularitza juridikoa eskaintzen zaie herritarrei. Sortu zenetik, ekintza arrazista edo zenofoboen biktima edo lekukoizan diren pertsonei ematen zaie arreta, bai partikularrek, bai erakunde publiko edo pribatuek sortutako egoerei..
Jarraian, gure bulegora irizten zaizkigun ohiko galdera batzuk jarriko ditugu eskuragarri. Horiek zure kasua konpontzen laguntzen ez badute, edo, era berean, salaketa bat jarri nahi bazenu, deitu hitzortua hartzeko.
OHIKO GALDERAK
Zer dakar Bizkaiko SOS Arrazakerian eraso arrazista bat salatzeak?
Salatzeko deitzea ez du esan nahi salaketa judiziala jarriko denik, baizik eta SOS Arrazakeriari gertakari arrazista baten berri ematea. Anonimoa izan daiteke.
Salaketa horiek informazioa edukitzeko eta instituzioak salatzeko balio dute. Baita arrazakeria estrukturala agerian jartzeko ere..
Kasuz kasu aztertzen duguegoera eta salaketa ezartzen duen pertsonarekin erabakitzen dugu zen aukera dauden eta bakoitzaren nahia.
Animatzen zaitugu ez isiltzera eta egoera hauei aurre egitea. Zure eskubideak rebindikatu. Nahiz eta hauek anonimokiegin, izugarrizko laguntza da arrazakerian eta xenofobiaren aurkako borrokarako.
¿Qué hago cuando sufro un caso de discriminación en un espacio público?
El derecho de admisión no excluye en ningún caso por nacionalidad, color de piel, sexo o religión. En el caso de que el establecimiento se niegue, esto va en contra del principio de igualdad y de no discriminación.
Ante una situación de discriminación en el acceso a un local público o privado, te indicamos los pasos a seguir:
- Pedir las hojas de reclamaciones, que todo local tiene la obligación de tener. Consta de 3 copias: rosa, verde y blanca. Tendrás que rellenarla con los datos y un relato de lo sucedido. El local o establecimiento ante el que reclamas se queda con la rosa. Tú te quedas con la blanca y la verde, que deberás presentar ante la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor) más próximo o ante la Oficina Territorial de Industria, Consuma y Turismo de Gobierno Vasco. Allí, te sellarán la copia verde que guardas tú, y la administración se quedará con la copia blanca.
- Cuando se inicia el trámite de reclamación, la administración contactará con el establecimiento denunciado e irá informando a la persona denunciante.
- En el caso de que el establecimiento se niegue a darte las hojas de reclamación:
- lama a la Policía Municipal (092) para que abran atestado*. Si cuando la policía se presenta, el establecimiento te da las hojas de reclamaciones, no olvides pedir una copia del atestado que presentaras como prueba ante la Administración, junto con las hojas.
- Si a pesar de personarse la Polícia Municipal siguen negándose a darte las hojas de reclamación, pide copia del atestado de la Policía y ve directamente a la OMIC u Oficial territorial a interponer allí una queja, con copia del atestado.
- Si decides no llamar al 092, podrás presentar directamente la reclamación ante la OMIC o la Oficina Territorial de Consumo. Hay que tener en cuenta que esta opción presenta mayores complicaciones al no presentar ninguna prueba escrita válida para la Administración.
*(!) Un atestado es un instrumento oficial en que una autoridad o sus delegados hacen constar como ciertos unos determinados hechos.
¿Qué hago ante un caso de abuso policial?
España y San Marino son los únicos miembros de la Comisión Europea del Consejo contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) que aún carecen de una organización específicamente diseñada, independiente del ministerio, para combatir el racismo. Como denuncian diversas organizaciones las detenciones por perfil racial han sido normalizadas por la policía y la comúnmente denominada ‘ley mordaza’ no facilitan la denuncia ante un caso de racismo policial. ¿Qué podemos hacer? ¿Es delito grabar a la policía?
- Si crees que estas presenciando un acto racista y se produce una agresión policial, estas en tu derecho de pedirle al policía su número de identificación y denunciarlo.
- Graba el incidente y si eres quien esta presenciando el acto, pregunta a la victima si quiere utilizarlo como prueba. El policía puede negarse a dar su número de identificación, así que dejarlo en video puede ser de ayuda para reclamar. Aclarar que…
- No es delito grabar a la policía siempre que no se ponga en peligro la seguridad personal de la policía, la seguridad de sus familiares o se pueda echar a perder una operación policial (según art 36 de la ley de seguridad ciudadana).
- La policía no puede borrar información del dispositivo de la persona que haya grabado el acto, siendo este por ejemplo, un móvil. Si un agente procediera a hacer tal cosa, esto incurriría como delito de revelación de secretos.
- El difundir el video tiene efecto siempre y cuando incurra delito de difusión: es decir, falta de consentimiento de la victima, en un espacio no público o si se acometen insultos o agresiones físicas hacia la policía.
- Dichas imágenes pueden aceptarse como prueba para denuncia (en caso de audio, puede ser distinto) aunque siempre se va a pedir a la persona que ha tomado esas imágenes que acuda a la vista para poder cotejar y refrendar*. Se solicita la grabación del video para llevar a cabo el principio de contradicción. Es decir, para comprobar que el video no esta manipulado.
- Consideramos muy importante que de cara a denuncias públicas, campañas de sensibilización, informes de racismo y denuncias concretas, nos hagas llegar tu caso, ya que aportará mucho a la lucha contra el racismo y la xenofobia.
- Siempre puedes etiquetarnos en las redes sociales con el hashtag #emergenciaantiracista
*(!)Validar un documento por la firma de una persona autorizada.